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El estado de alarma impuesto debido a la pandemia de COVID-19 ha tenido un impacto significativo en muchos aspectos de la vida diaria, incluidos los derechos de visitas y custodias compartidas de los padres separados o divorciados.
La situación excepcional y las restricciones impuestas por el estado de alarma han generado preguntas e incertidumbre sobre cómo ejercer adecuadamente estos derechos en el contexto actual. Es importante conocer las medidas adoptadas y las opciones disponibles para garantizar el bienestar emocional y la relación familiar entre los padres y sus hijos.
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La situación inédita que estamos viviendo a raíz de la pandemia del COVID-19 ha generado una serie de desafíos y cambios en todos los aspectos de nuestra vida. Uno de los ámbitos que ha sido especialmente afectado es el de las relaciones familiares, en particular aquellas que se encuentran en situaciones de separación o divorcio y que tienen hijos en común.
En este sentido, el estado de alarma decretado por el gobierno para contener la propagación del virus ha generado una serie de interrogantes en relación a los derechos de visitas y custodias compartidas. Estas medidas restrictivas de movilidad y la imposibilidad de salir de casa han dificultado la posibilidad de cumplir con los acuerdos establecidos en los procesos de separación y divorcio.
Es importante tener en cuenta que el derecho al contacto y relación con los hijos es un derecho fundamental reconocido tanto a nivel nacional como internacional. El artículo 9 de la Convención sobre los Derechos del Niño establece que se debe respetar el derecho del niño a mantener relaciones personales con ambos progenitores, salvo si ello es contrario a su interés superior.
Sin embargo, en una situación excepcional como la que estamos viviendo, es necesario equilibrar este derecho con la protección de la salud y el bienestar de todos los miembros de la familia. Por tanto, es fundamental adaptar las medidas y encontrar soluciones que permitan conciliar ambos aspectos.
En este sentido, el Gobierno decretó que el régimen de visitas y custodias compartidas debían mantenerse durante el estado de alarma, siempre y cuando se respetaran las medidas de seguridad y las recomendaciones de las autoridades sanitarias. Esto significa que las visitas y encuentros debían ser realizados de manera telemática o a través de otros medios, en lugar de hacerlo físicamente.
No obstante, esta recomendación no resuelve todas las situaciones, especialmente en aquellos casos en los que los progenitores no tienen acceso a medios tecnológicos o en los que las relaciones familiares ya eran conflictivas antes de la pandemia. En estos casos, es fundamental contar con un marco legal que permita hacer frente a estas situaciones excepcionales de manera justa y equitativa.
Es por ello que se han llevado a cabo distintas iniciativas para adaptar las medidas de custodia y visitas a la situación actual. Por un lado, algunos tribunales han establecido criterios para permitir el traslado de los hijos entre los hogares de los padres, siempre y cuando se respeten las medidas de seguridad y se justifique la necesidad de realizar dicho traslado.
Estas medidas han sido especialmente necesarias en aquellos casos en los que uno de los progenitores es personal sanitario o realiza un trabajo esencial y necesita dejar a sus hijos en manos del otro progenitor. En estos casos, el interés superior del menor y la protección de la salud de todos los miembros de la familia se convierten en la prioridad.
Por otro lado, se ha promovido la utilización de medios telemáticos para mantener las relaciones familiares durante el estado de alarma. Aunque esto puede resultar difícil en algunos casos, especialmente cuando hay dificultades de comunicación o relaciones tensas entre los progenitores, es fundamental hacer el esfuerzo de adaptarse a las circunstancias y buscar soluciones que permitan el contacto y la relación con los hijos.
Además, es importante destacar que la situación excepcional que estamos viviendo no debe ser utilizada de manera abusiva o manipulativa por ninguno de los progenitores. El interés superior del menor siempre debe prevalecer y los acuerdos establecidos antes de la pandemia deben ser respetados en la medida de lo posible.
En caso de discrepancias o conflictos entre los progenitores, es fundamental acudir al diálogo y buscar soluciones consensuadas, evitando recurrir a los tribunales de manera indiscriminada. La justicia debe ser siempre el último recurso, y en situaciones de crisis como la que estamos viviendo, es aún más importante buscar vías de acuerdo y entendimiento.
En conclusión, el estado de alarma ha generado una serie de desafíos en relación a los derechos de visitas y custodias compartidas. Sin embargo, es fundamental adaptarse a la situación y buscar soluciones que permitan conciliar el derecho de los hijos a mantener relación con ambos progenitores, con la protección de la salud y el bienestar de todos los miembros de la familia. La utilización de medios telemáticos, el respeto a las medidas de seguridad y el diálogo entre los progenitores son elementos clave para garantizar el derecho de visita en estos tiempos difíciles.